jueves, septiembre 07, 2006

LUJAN: El Ejecutivo elevó dos proyectos al Concejo Deliberante. Regulación de remiserías y locales nocturnos.

LUJAN, Setiembre 07, (PUNTO CERO-El Civismo) Los presentó el jueves último con la intención de que sean tratados antes de fin de mes. Las iniciativas están relacionadas con las actividades de autos al instantes y comercios nocturnos.
El Departamento Ejecutivo (DE) elevó al Concejo Deliberante dos proyectos de ordenanza para que sean tratados antes de fin de mes. Ambos establecen normas y requisitos que deben cumplir los rubros mencionados.
La presentación respeta los tiempos prometidos por el intendente cuando dio a conocer la Agenda Tentativa de temas considerados urgentes. Quería que estas dos normas se trataran en septiembre.
Uno de los puntos del proyecto sobre la actividad del transporte de personas denominada autos al instante, fija la cantidad mínima de vehículos que deberán tener las agencias según su ubicación. En este sentido, los establecimientos que se encuentran entre las calles Dr. Muñiz, Avda. España, Belgrano, Carlos Pellegrini, Constitución, Lezica y Torrezuri y Padre Salvaire estarán obligados a contar con un mínimo de 15 unidades. Desde estas calles -y hasta Acceso Oeste, Ruta 5, Fray Manuel de Torres, Pascual Simone y José María Pérez- se establece una base de 8 móviles.
Para el caso de las localidades de Pueblo Nuevo, Open Door y Jáuregui, se exige un piso de 10 autos. Mientras que para poblaciones más pequeñas, como Torres, Cortínez y Carlos Keen, sólo cinco vehículos.
Otro tema que se incluye en la iniciativa tiene que ver con las características que deberán tener las salas de espera de las agencias. Se establece que la superficie mínima de estos espacios será de 12 metros cuadrados, y contarán con 2 baños, acceso directo a la vía pública y elementos de seguridad. Además, tendrán que cumplir con las condiciones de salubridad e higiene de acuerdo a las normas vigentes.
Por su parte, la capacidad de las playas de estacionamientos estará relacionada con la cantidad de unidades declaradas para la prestación del servicio. Las playas de aquellas agencias que se encuentren en predios separados a la administración no podrán estar a una distancia mayor de 1.200 metros radiales, contados desde la propia agencia.
En el proyecto de ordenanza también se contempla que las remiserías se verán obligadas a prestar un servicio continuado durante todo el día. Los viernes, sábados, domingos y feriados, en el horario de 22 hasta las 8 del día siguiente, los dueños de las agencias deberán ampliar el servicio en un 40 por ciento de acuerdo a la flota declarada.
En la misma norma se fija además que la antigüedad del modelo del vehículo que funcione como remís no podrá ser superior a los 12 años. Sobre los conductores, en el artículo 20 del proyecto se indica que deberán "estar correctamente vestidos y aseados, guardar compostura y el mayor de los respetos hacia los pasajeros".
Los remiseros tendrán absolutamente prohibido tomar pasajeros que no hayan solicitado el servicio a la agencia, llevar acompañante, fumar y/o comer mientras el vehículo esté ocupado, hacer funcionar la radio o cualquier equipo de audio que no sea la normal comunicación con la agencia y transportar pasajeros cuyo número supere los permitidos por la cobertura del seguro automotor (cuatro personas).

DE NOCHE
El proyecto de ordenanza que alcanza a los establecimientos nocturnos se fundamenta en la necesidad de establecer normas claras que eviten "confusiones" e "interpretaciones ambiguas".
Por otra parte, se busca "tener una sola normativa que abarque a la totalidad de los establecimientos nocturnos (salones de fiesta, bares, confiterías, restaurantes, o toda otra actividad de diversión similar a las mencionadas)".
Uno de los requisitos para la habilitación de este tipo de locales (en todas sus variantes) es el de la elaboración y presentación de los planos de construcción conforme a obra actualizado.
En el artículo cuarto se explica que "todos los locales deberán contratar un servicio de emergencia médica para la cobertura de eventuales urgencias en dichos locales"."Deberán contar asimismo con un teléfono de línea fija y otro de línea móvil (tipo celular), cuyos números deberán figurar en la Oblea de Habilitación del comercio."
Si los lugares habilitados permanecen inactivos por una plazo mayor de seis meses, la Municipalidad podrá quitar la habilitación y obligar al propietario a gestionar una nueva.En los casos de locales gastronómicos con espectáculos en vivo, establecimientos de diversión nocturna con expendio de bebidas y salones de fiesta "queda terminantemente prohibido el uso de pirotecnia de cualquier tipo o fuego, como así también la exhibición o espectáculos con utilización de fuego o material que pueda producirlo, elementos peligrosos para la seguridad e integridad física de los asistentes, así como todo objeto y/o elemento contundente." (PUNTO CERO-El Civismo).

1 comentario:

Anónimo dijo...

- Se ha visto un caballo de regalo en la boca, dos veces. - El hombre más interesante del mundo