jueves, junio 30, 2011

Polémica por el Código de Ordenamiento Urbano. Por Juan Pablo Csipka.

El proyecto impulsado por el intendente Pablo Bruera sumó un nuevo capítulo a la disputa generada desde su sanción hace algo más de un año. La ordenanza 10.703, que puso en vigencia en su momento el nuevo Código, quedó en suspenso tras el fallo de la Corte Suprema Bonaerense, que aceptó el pedido de inconstitucionalidad de tres ONGs ambientalistas y deberá expedirse sobre el fondo de la cuestión.

El polémico proyecto impulsado por el intendente Pablo Bruera sumó un nuevo capítulo a la disputa generada desde su sanción hace algo más de un año. La ordenanza 10.703, que puso en vigencia en su momento el nuevo Código de Ordenamiento Urbano (COU), quedó en suspenso tras el fallo de la Corte Suprema Bonaerense. El máximo tribunal de la provincia aceptó el pedido de inconstitucionalidad de tres ONGs ambientalistas y deberá expedirse sobre el fondo de la cuestión. Mientras, La Plata se rige por el anterior código, el que establece la ordenanza 9231.
En materia de ordenamiento urbano, los municipios bonaerenses se ajustan a la ley provincial 8912. Según esta norma, los concejos deliberantes elaboran un código urbano, el que luego es elevado al Ejecutivo provincial para su sanción definitiva. El fallo de la Corte impide que Daniel Scioli promulgue el código platense hasta tanto se defina si es válido, total o parcialmente.

Puntos de vista

Las voces a favor y en contra se han alzado desde que la Corte tomó el asunto en sus manos. Fundación Biosfera, Nuevo Ambiente y Hoja de Tilo son las ONGs que interpusieron el reclamo alegando que el casco histórico de la ciudad podía quedar afectado por emprendimientos inmobiliarios. Los detractores del nuevo código, alegan que la norma amplía el área edificable permitiendo construir en áreas históricas, que están protegidas, y permite densificar en zonas donde no se puede, o sea, hacer torres.

María Valeria Amendolara es concejal, preside el bloque oficialista del Frente para la Victoria y defiende el proyecto aprobado. “La ordenanza anterior no daba respuestas a varios problemas, no sólo en el casco. Este fallo de la Corte es provisorio, suspende la ordenanza hasta que haya sentencia firme. Es raro, se discutió y se sancionó por mayoría y fue convalidado por la Provincia, y ahora la Corte falla a los 15 días que se hace una presentación, 10 meses después de la sanción”.

Gastón Grespo, del GEN, votó en contra de la 10703 en su momento y acompaña el reclamo judicial. “El cambio de código se tendría que haber hecho de otra manera. La Universidad de La Plata, la Universidad Católica, los colegios de ingeniería, de ciencias naturales, no sólo los vecinos, se han manifestado en contra. Salvo algunos constructores muy beneficiados, los demás nos opusimos”. El edil asegura que el COU “sólo trata la altura en el microcentro sin tener en cuenta la provisión de servicios y el tránsito. Consultamos a las empresas, sólo una nos contestó, que podía abastecer en determinadas condiciones, no garantizaba si se superaba un altura específica”. Sobre el casco urbano puntualizó: “Es patrimonio histórico nacional, no se lo puede alterar sin consultar antes a la Comisión Nacional de Patrimonio, y tampoco se la consultó”.

Otra voz crítica es la del concejal José Ramón Arteaga, del bloque Unión Celeste y Blanco, quien sacó un despacho en minoría durante el debate. “La norma contradice artículos de la ley provincial 8912. Densifica de una manera que dificulta la prestación de servicios. Esto lleva a un modelo de ciudad de mera especulación inmobiliaria. Encima lo empezaron a aplicar antes de tener la convalidación provincial, que observó muchos artículos, una irresponsabilidad”. Para el concejal, “era necesario cambiar el código anterior, pero por consenso. La situación hay que destrabarla cuanto antes porque hubo gente que invirtió de buena fe. Se debe dar una respuesta rápida y concreta para saber con qué norma regirse”.

En la bancada oficialista Francisco Capparelli preside la Comisión de Planeamiento e Infraestructura Urbana y reivindica el COU aprobado por el Concejo. “El proceso para sancionarlo fue claro y transparente”, aduce. “Lo aprobamos y se remitió a la Provincia, que lo puso en vigencia con el decreto 466, dejando sin efectos algunos artículos que se contraponían a la ley provincial, algo para discutir, porque se trata de una ley que viene de la dictadura”.

Capparelli se preocupa por el clima de inseguridad jurídica que representa el fallo de la Corte. “Yo me pregunto quién va a venir a invertir ante esta situación. Ahora dicen que rige el código anterior y alguien empieza a construir de acuerdo a esa norma, ¿qué pasa si se ratifica el nuevo COU, quién paga el perjuicio?” Estimó que “no es cierto que privilegiemos hacer torres, la ordenanza baja un 30 por ciento la cantidad de metros en el casco urbano, priorizando al microcentro. Además se bajan las alturas hasta llegar al tercer anillo, para que no se pierda el sentido de barrio del último anillo. Con la norma anterior se podía lotear para hacer edificios en doble torre, una adelante y otra atrás. Ahora no, así preservamos el corazón de manzana. Ya no se permiten torres de 10 pisos, salvo en frente a las avenidas, pensamos antes que nada en preservar la ciudad”.

Lo que vendrá

La Corte Suprema de la Provincia tendrá la última palabra. “Esta ordenanza es mejor que la anterior, no tenemos dudas, hubo 200 modificaciones al código anterior, llegado el caso apelaremos a la Corte Suprema de la Nación. No pasa por hacer un edificio de 10 pisos o de 14, esto trae perjuicios económicos a muchos sectores, por eso se movilizan sectores como la CGT y la UOCRA. No es fácil hacer una normativa y tener que cambiarla al poco tiempo”, expresa Amendolara.

En el mismo sentido habla Capparelli. “El que tiene que invertir y pedir los permisos de factibilidad no sabe qué hacer, porque la norma puede cambiar, quiero saber que pasa si se cae la cautelar, quién va a arriesgar. Es un tema delicado y aspiramos a que la Corte se tome su tiempo, dentro de los plazos, para que haya una resolución y la ciudad quede libre de usar una herramienta importante para la inversión inmobiliaria e industrial. Con el boom inmobiliario, si esto se para varios meses, el capital se va a otro lado, Berisso, Ensenada, Berazategui. Por eso estamos preocupados; si nos equivocamos, que nos digan para corregir, nadie es el dueño de la verdad”. Y apuntó a las ONGs que actuaron ante la Corte: “No se pueden arrogar la representatividad de los platenses, para eso estamos los 24 concejales electos por el pueblo, esperaron 10 meses para reclamar. Huele feo, más en un año electoral”.

Arteaga tiene otra visión. “La Corte falló por unanimidad y las organizaciones tienen antecedentes, hay fundamentos como para que les den la razón”. Para él, “la Corte debe expedirse en forma definitiva cuanto antes para saber cuál código usar. Hay un informe final que convalidó la provincia, que es medular, y observó muchos artículos. Considero que la Corte debiera evaluar ese informe”.
Crespo tiene una mirada similar. “Scioli lo avaló por favores políticos al intendente Bruera. Si bien hay más de 100 observaciones, era para no aprobarlo. Se debe abstener de publicarlo hasta que esto se defina, de acuerdo al dictamen de la Corte. Somos respetuosos del poder judicial, que se debe expedir. El hecho de haber aceptado el amparo, por sus fundamentos, muestra que nos da la razón. Esto va en contra de la calidad de vida de los platenses y a favor de constructoras e inmobiliarias”.

Días atrás, se realizó la audiencia pública entre los vecinos y representantes de la intendencia para tratar de resolver este caso. La Suprema Corte de Justicia bonaerense decidirá con tiempo sobre la constitucionalidad o no del Código de Ordenamiento Urbano impulsado por el gobierno municipal, el cual, mientras tanto, seguirá suspendido. Además, en la audiencia, exigió a las partes involucradas en el conflicto, las ONG’s Fundación Biósfera, Hoja de Tilo y Nuevo Ambiente, por un lado, y la Municipalidad de La Plata, por otro, que intenten un acercamiento en dos cuestiones medulares: las alturas de los edificios y el criterio para considerar el valor patrimonial de los edificios históricos, para lo cual los jueces del máximo tribunal otorgaron un plazo de cinco días. (Informe Digital Metropolitano).

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