jueves, agosto 09, 2012

AFIP apeló el fallo que avaló compra de dólares para adquirir una vivienda

La dependencia oficial apeló el fallo del juez marplatense Alfredo López que ordenó otorgar de manera inmediata a una pareja la correspondiente autorización para la adquisición de la suma de 16.000 dólares para la compra de una vivienda. La AFIP fundamentó la apelación en que "en la actualidad es ilegal adquirir divisas para la compra de inmuebles".
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apeló hoy la resolución del juez Federal de Mar del Plata, Alfredo López, que ordenó a la dependencia oficial a otorgar de manera inmediata a una pareja la correspondiente autorización para la adquisición de la suma de 16.000 dólares para la compra de un inmueble.
La dependencia oficial, a través de un comunicado, señaló que fundamentó la apelación en que "en la actualidad es ilegal adquirir divisas para la compra de inmuebles", tal como lo especifica las Comunicaciones “A” Nros 5318 y 5330 del Banco Central de la República Argentina.
La AFIP advirtió que la pareja que presentó el pedido de amparo omitió en la causa "aportar el boleto de compra venta y/o la respectiva escritura notarial del inmueble, lo que podría dar lugar a una situación ficticia para utilizar la vía del amparo como un medio para el atesoramiento de divisas en forma encubierta".
A esto se suma, según la AFIP, "que existe una inconsistencia en la situación fiscal de los contribuyentes que les imposibilita adquirir las divisas requeridas".
La dependencia que conduce Ricardo Echegaray sostuvo que la decisión del juez López "es de cumplimiento imposible, porque la AFIP no tiene, y no puede arrogarse la facultad para permitir la adquisición de dólares para la compra de inmuebles, ni a su vez concretarla fácticamente por cuanto se requiere la autorización expresa del BCRA".
"Ello es así, por cuanto de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente, el organismo fiscal sólo se encuentra facultado para validar las operaciones cambiarias relativas a viajes al exterior", agregó la entidad.
"Por estos fundamentos la AFIP considera arbitraria la resolución del juez, además de señalar que medió una grave omisión del magistrado, tanto al no aplicar las Comunicaciones del BCRA aplicables a este caso concreto, como así también al no haberle dado la intervención que le compete a dicha autoridad monetaria para que ejerza la defensa legal de las mismas", agregó el comunicado.
Por último, la AFIP señaló que "tampoco el contribuyente agotó la vía administrativa previa, por lo que el juez también arbitrariamente hizo lugar a la acción de amparo obviando el cumplimiento de este requisito esencial".

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