sábado, septiembre 22, 2012

¿Que no prescriban los delitos de funcionarios?


En el Congreso de la Nación se presentó esta semana un proyecto de ley que pretende establecer la imprescriptibilidad de los delitos que pudieran cometer los funcionarios públicos contra el Estado. Para ello la iniciativa plantea la modificación de tres artículos del Código Penal. Los detalles.
En el Congreso de la Nación se presentó un proyecto que busca modificar el Código Penal de la Nación e incorporar tres artículos con el objetivo de establecer la imprescriptibilidad de los delitos que pudieran cometer los funcionarios públicos, de las acciones penales y la posibilidad de realizar juicios en ausencia de los involucrados.
Se trata de una iniciativa presentad, entre otros, por Fernando Solanas (Proyecto Sur) y Fabián Rogel (UCR-Entre Ríos) que incorporaría al actual texto del código los artículos 62 bis, 62 ter y 62 quater de manera tal de establecer la mencionada imprescriptibilidad de delitos que cometan funcionarios contra el Estado.
Según explicó Rogel "una de las muestras más escandalosas en la demora en el proceso fue el sobreseimiento por prescripción del ex ministro de economía José Alfredo Martínez de Hoz".
En concreto la iniciativa incorpora el artículo 62 bis estableciendo que “los delitos cometidos por cualquiera de los representantes de las instituciones del Estado y por los funcionarios públicos en el ejercicio del cargo, que atenten contra el patrimonio público, los bienes de la Nación y causen grave daño económico serán imprescriptibles”.
Asimismo, “los delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, encubrimiento y lavado de activos, cuando hubieren sido cometidos en el ejercicio de la función pública” también serán considerados imprescriptibles.
De igual manera, el proyecto establece en el artículo 62 ter que “la acción para perseguirlos será imprescriptible y los juicios se iniciarán y continuarán, aún en ausencia de los imputados”.
Entre los considerandos, además, la iniciativa sostiene que "lo que está en discusión es si el tiempo tiene el poder de modificar o anular la aplicación de una ley penal".
Al tiempo que “las disposiciones de los artículos 62 bis y 62 ter, se aplicarán a aquellas personas que aunque no tuvieran la calidad de funcionarios públicos hubieran participado en la comisión de los delitos indicados”.
“El avance democrático debe también conllevar un avance en la ley penal que permita que la ciudadanía sepa que todos los funcionarios podrán comparecer ante la Justicia toda vez que hayan cometido un delito sin que el transcurso del tiempo permita la nueva aplicación de la ley", consignó el diputado Rogel.  (Diario Judicial).

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