miércoles, octubre 10, 2012

Sindicalización de la Policía Bonaerense. Proyecto del diputado Marcelo Díaz

Por medio de una iniciativa de Ley, el presidente del bloque de diputados provinciales del FAP, Marcelo Díaz propuso en el ámbito de la provincia “el derecho de constituir asociación sindical a los agentes públicos en relación de dependencia de las Policías de la Provincia, así como del Servicio Penitenciario Provincial para la defensa de sus intereses profesionales, a afiliarse a las mismas y a participar activamente en su organización, conforme a los términos de las leyes vigentes en la materia”. Cabe destacar que el Proyecto, que se encuentra para su aprobación en la Comisión de Trabajo de la Cámara baja, es el primero al respecto que fuera presentado en el presente período legislativo.
Sostuvo Díaz en su proyecto que “los agentes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires como del Servicio Penitenciario se encuentran en una situación de inferioridad con los demás agentes de la administración pública, conllevando una particular situación de vulnerabilidad y que, los agentes públicos que participen de dichas asociaciones no podrán, en ningún caso, ser objeto de discriminación o afectación de derechos que legalmente les correspondan por el hecho del ejercicio del derecho que por la presente ley se reconoce”.
Para Díaz “La libertad de organización sindical acordada a todo trabajador en el art. 14 bis CN y el derecho colectivo a la agremiación cumple una imprescindible función en las sociedades democráticas, ya que actúa como correctivo del desequilibrio existente en la relación laboral o de empleo en la administración pública”.
La norma contempla que las asociaciones sindicales que se creen, en su accionar, estarán sujetos al principio de la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicalización en el marco del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, en cuanto al derecho de negociación colectiva, en los términos de las leyes orgánicas de cada institución de seguridad y con adecuación a la especificidad de las funciones que desarrollan, pero prevé que “en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, el personal de la Policía de la Provincia y del Servicio Penitenciario podrá ejercer el derecho de huelga ni acciones sustitutivas que alteren el funcionamiento de los servicios de seguridad que deben prestar en el ejercicio de las tareas y funciones que le son propias, ejerciendo las funciones, deberes y obligaciones establecidas en las leyes respectivas”.

En cuanto a la preocupación que genera la posibilidad de conflicto colectivo y las medidas de acción directa, que puedan declarar los gremios, en especial el derecho de huelga, es un tema distinto , que necesariamente debe ser diferenciado en su tratamiento, “es claro, que la sindicalización del personal de las fuerzas de seguridad, no debe poner en riesgo la normal prestación del servicio, no correspondiendo que en ese marco se cuestione ni se controvierta en modo alguno las ordenes operativas, ni la estructura jerárquica”, finalizó Díaz.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Mi nombre es Martin esteban weber y soy victima del acoso y el hostigamiento de un policia de la bonaerense llamado Victor Angel Perez , este individuo me dejo un artefacto explosivo en el edificio donde vivo , intento asesinar a mi padre y luego llamaba por telefono a mi casa jactandose de los atentados cometidos en contra mia y de mi familia ya radique mas de 15 denuncias (asuntos internos ,delitos telematicos ,etc.)
No soy la unica victima de este tipo ,a un amigo mio le simulo un allanamiento en su negocio ,por que se negaron a pagarle una coima de 10mil pesos . Falta que cumpla su cometido , que halla muertos para que lo detengan a este delincuente con chapa?