sábado, julio 19, 2014

La Ciudad debe pagar los daños a los autos de los árboles caídos

La Cámara Contencioso Administrativo y Tributario porteña ordenó indemnizar a la dueña de un auto al que en 2007 se le cayó un árbol encima. La Ciudad deberá indemnizarla con casi 30 mil pesos por los daños.
La sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario (CAyT), con las firmas de Hugo Zuleta, Esteban Centanaro y Gabriela Seijas, ordenó indemnizar a la dueña de un auto al que en 2007 se le cayó encima un árbol.
La resolución se dio en el marco de la causa “JLN y otros contra GCBA sobre daños y perjuicios (excepto resp. Medica)” donde los magistrados ordenaron la indemnización por los daños materiales, privación de uso y desvalorización del automóvil.
Según consta en el expediente, los hechos sucedieron en 2007 cuando un árbol cayó encima de un Renault Scénic en la calle Urquiza, entre Rondeau y la avenida Caseros de esta ciudad. El gobierno porteño quería deslindar sus responsabilidades en el hecho aduciendo que el hecho fue “casual y fortuito”.
En la sentencia, los jueces sostienen que “no existen dudas acerca de que el Gobierno era el responsable del cuidado y mantenimiento de los árboles en la Ciudad”.
En este sentido explican que “el artículo 14 de la Ley 1.556 de Regulación del Arbolado Público -vigente a la fecha del siniestro- disponía que ‘la autoridad de aplicación tomará las medidas necesarias para la conservación del arbolado público…”.
Para ello, dice la norma, el gobierno “realizará inspecciones periódicas a los efectos de detectar enfermedades o daños con la supervisión de un ingeniero forestal o agrónomo como técnico responsable’”.
Además los camaristas rechazaron la apelación que los propios dueños del auto había realizado con respecto a lo que consideraban, el escaso monto indemnizatorio. La sentencia de Cámara se dispuso “reducir la indemnización por daños y perjuicios a la suma de 27.050 pesos”.
La Cámara porteña decidió bajar el monto indemnizatorio en 900 pesos, con respecto al que había impuesto el juzgado de primera instancia N° 13 a cargo de Guillermo Scheibler, por considerar excesivas las sumas impuestas en concepto de privación de uso y desvalorización. (Diario Judicial).

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