lunes, mayo 18, 2015

La Secretaría General incorporó al Tribunal de Cuentas bonaerense a la Firma Digital

El secretario general de la Gobernación, Martín Ferré, y el presidente del Tribunal de Cuentas, Eduardo Grinberg, acordaron la puesta en marcha del sistema de Firma Digital en ese organismo de control, lo que contribuirá a agilizar sus procesos de gestión e incrementar la eficiencia en sus mecanismos administrativos.

Tras explicar que “la Provincia cuenta con una agenda tecnológica y de modernización del Estado que la pone a la vanguardia en materia de gestión pública”, Ferré destacó la importancia de que el Tribunal de Cuentas “sume, como ya lo hicieron otras áreas de gobierno, esta herramienta que aporta dinamismo, transparencia y colabora con la despapelización”.

“La capacitación constante y la incorporación de tecnología son las que nos han permitido dar un salto de calidad en el objetivo planteado por Daniel Scioli desde los inicios de su gestión: encarar un proceso serio de modernización que asegure mayor capacidad de respuesta y mejores procedimientos administrativos”, sostuvo el Secretario General.

En esa misma línea, Grinberg consideró la Firma Digital como un “instrumento clave para conseguir un funcionamiento más eficaz y eficiente de nuestra gestión”, en tanto que señaló: “estamos en pleno proceso de implementación del proyecto de notificación electrónica y este sistema nos allana mucho el camino”.

A partir del acuerdo firmado por Ferré y Grinberg, el Tribunal de Cuentas se suma a los Organismos de la Constitución que ya trabajan con el sistema de Firma Digital, como Asesoría General, Tesorería y Fiscalía de Estado. En este caso, se implementará en procesos internos, notificaciones y resoluciones, entre otras actuaciones.

La Firma Digital comenzó a funcionar el año pasado, bajo la órbita de la Subsecretaría General, a cargo de Pablo Pernicone. Se trata de un mecanismo criptográfico -una secuencia de letras y números- que vincula a un firmante con un documento electrónico y permite verificar que los contenidos no han sido modificados. A partir de esto adquiere la misma validez jurídica que un documento en papel, firmado de puño y letra, con la garantía de que no pueda ser objeto de repudio.

No hay comentarios.: