martes, julio 19, 2016

Rige devolución del IVA a jubilados: ¿Cómo será?

Este lunes el Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la Ley 27.253, que establece un régimen de reintegro del IVA a jubilados y beneficiarios de planes sociales por compras en comercios de venta minorista.
Será de un 15% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en compras que realicen con tarjetas de débito, hasta un tope del 300 pesos por mes por cada usuario, para productos de hasta 2.000 pesos.
El decreto establece que este tope correrá hasta tanto el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos) "no publique la canasta básica de alimentos". Además, explica que se aplicará "para las operaciones que se realicen a partir de la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2017, ambas fechas inclusive".
El decreto 858/2016 señala que "se entenderá por tarjetas prepagas no bancarias a aquellas tarjetas utilizadas para la acreditación exclusiva de beneficios asistenciales o de la seguridad social". Además, establece que la devolución del impuesto también será otorgado cuando las transacciones comerciales se realicen mediante "transferencias bancarias realizadas a través del uso de dispositivos de comunicación móviles en el marco del sistema que desarrolle, implemente y administre el Banco de la Nación Argentina".

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