viernes, noviembre 25, 2016

Ley de alquileres: inquilinos pagarían 35% de aumento tope

El plazo mínimo de los contratos será de tres años y no de dos, como ocurre actualmente, y el precio "sólo podrá ser reajustado anualmente" en 2017

El referente de los Inquilinos Agrupados, Gervasio Muñoz, celebró la media sanción en el Senado al protecto de ley que regula los precios de los alquileres en todo el país, pero advirtió que si la norma no avanza en la Cámara de Diputados "va a haber una crisis muy importante en el mercado inmobiliario".

"Que se haya votado de forma unánime habla de que es un proyecto ecuánime y racional sobre la situación del mercado de alquileres y que pone previsión tanto para los propietarios como para los inquilinos. La clase política entendió que es necesario regularlo, como ocurre en casi todos los países del mundo", afirmó Muñoz en diálogo con Ámbito Financiero

La iniciativa prevé una "actualización" de los valores anuales de los alquileres, según un índice ponderado que elaborará el INDEC en base a la evolución de los índices de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de variación salarial (CVS), promediados en partes iguales.

Los últimos datos oficiales disponibles del CVS indican que en el sector privado los salarios subieron 15,53% desde enero a junio, mientras que los sueldos de empleados públicos mejoraron 14,85%. Si se proyectan incrementos similares para el segundo semestre, y se tienen en cuenta una inflación anual de alrededor de 40%, para el 2017 los precios de los alquileres no debería elevarse más de 35% para el primer año de locación.

"Si el precio aumenta de forma anual 35% no es muy distinto a lo que sucedió años anteriores. Pero los alquileres aumentan siempre por encima de los índices de inflación, este año llegaron a 60%. Que se agregue la variable del salario siempre beneficia a los que alquilan. Si baja la inflación, los inquilinos pagarán alquileres más baratos. Puede pasar que el primer año sea un aumento de 35% y al año siguiente 20%", ejemplificó Muñoz.

Y continuó: "Si la inflación baja, como se supone que sucederá el año que viene, también las paritarias van a cerrar más abajo. Al haber inflación baja y aumento de salarios se promedia y entonces sería justo para propietarios e inquilinos. Lo que no hay forma es que un año se pague $ 7.000 y al otro $ 5.000. Solo bajarían si hay deflación, cosa que no creo que vaya a suceder".

Además, aclaró que la actualización de pecios solo se aplicará si existe un incremento del costo de vida superior al 10%. "En ese caso, rige la legislación actual, la ley de Emergencia Económica y la de Convertibilidad, que dicen que no se pueden aumentar los alquileres", subrayó el dirigente.

Ante el avance de la iniciativa en ámbito empresarios y cámaras inmobiliarias no descartan una posible respuesta judicial, como la presentación de cautelares o pedidos de inconstitucionalidad. Muñoz no le teme. "No sé qué van a hacer. Tienen una enorme responsabilidad porque si no sale esta ley va a haber una crisis muy importante en el mercado, que afectará a los inquilinos, porque es difícil seguir pagando con aumentos por encima del curso de la economía, pero también a propietarios. Estamos viendo una situación en el mercado de alquiler muy sensible en todo el país, sobre todo en Córdoba, Rosario y la Patagonia. Con esta ley se puede evitar una crisis importante para garantizar que los inquilinos sigan alquilando y los propietarios hagan negocios con sus viviendas".

Tras la primera victoria en la Cámara alta, los Inquilinos Agrupados ahora apuntan a Diputados. "Es fundamental que el proyecto entre en el período de sesiones extraordinarias. El lobby de los inmobiliarios es muy fuerte. Hay que convencer a los jefes de bloques, principalmente al de Cambiemos", concluyó Muñoz.

La ley, que plantea modificaciones al Código Civil y Comercial, fue aprobada por con 63 votos a favor, y ya fue girado a la Cámara de Diputados. De acuerdo con el articulado, cuando el inmueble sea alquilado para vivienda, "no puede requerirse del locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes" y tampoco "depósitos de garantía o exigencias asimilables por cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler".

El texto establece que el plazo mínimo de los contratos de alquiler deberá ser de tres años y no de dos, como ocurre actualmente, y que el precio "sólo podrá ser reajustado anualmente", a diferencia del ajuste semestral que empezaron a aplicar las inmobiliarias en el último año. Por último, aclara que los impuestos que gravan la propiedad y las expensas extraordinarias estarán a exclusivo cargo del propietario. (Asteriscos TV).

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