viernes, enero 27, 2017

2016-12- 22. Layalina XXII. Amir Thaleb. 11.

Falta muy poco, ya llega el Rey a José C. Paz. Amir Thaleb


Amplían la red de agua potable en Chascomús

La obra beneficiará a más de 11 mil vecinos y tiene un plazo de ejecución estimado de 180 días. La empresa adjudicataria es Sociedad Sud Arquitectura S.R.L.

En Chascomus se firmó el contrato de adjudicación de la obra de ampliación de la red de agua potable. Se trata de la segunda etapa de la macromalla que beneficiará a más de 11 mil vecinos mejorando notablemente el servicio de agua.

La empresa adjudicataria es Sociedad Sud Arquitectura S.R.L y el monto de la licitación es de $ 17.662,926.

La obra consiste en la ejecución de una cañería maestra, con una sección de 630 mm en polietileno de alta densidad clase 6, que se iniciará en el actual tanque de distribución de calle Tucumán siguiendo por las calles Dorrego, Fernando de Arenaza, Juárez, Pedro Nicolás Escribano hasta Hipólito Yrigoyen.

La longitud de este tramo es de 1.755 metros y se realiza a través del Fondo de Infraestructura Municipal. El plazo de ejecución estimado es de 180 días.

Esta propuesta permitirá mejorar las presiones y caudales dentro de la red existente que presenta deficiencias especialmente en temporadas estivales presentándose situaciones críticas en sectores urbanos con muy baja presión o sin servicio.

Actualmente están finalizando las tareas de la primera etapa que beneficiando aproximadamente a otros 11 mil vecinos, especialmente a los que viven en los barrios El Porteño, Gallo Blanco y Fátima, entre otros. (La Capitalmdp).

Mar del Plata: Las reservas hoteleras para este fin de semana superan el 85%.

Lo señala un relevamiento de la Asociación Hotelera. En los establecimientos de una, tres y cinco estrellas habrá ocupación casi total.

Las reservas hoteleras para el fin de semana en Mar del Plata superan el 85%, según un relevamiento realizado por la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica.

Los establecimientos con más habitaciones ocupadas son los de una, tres y cinco estrellas. En el último caso, las reservas alcanzan el 98%. Por su parte, en los de una y tres estrellas llegan al 90%, mientras que en los de dos y cuatro estrellas están en el 85%, lo mismo que en las hosterías. A la vez, los apart hotel tienen un 78% de sus plazas reservadas.

Los hoteles ya reciben consultas para el resto de la temporada, pero la confirmación de los turistas se da de forma “lenta” porque las decisiones se toman “cerca de la fecha de llegada”, dice el informe de la Asociación Hoetelera. (La Capitalmdp).

El intendente de San Martín dispuso asueto para el 24 de marzo y convocó a otros municipios a sumarse a la medida

El intendente de San Martín, Gabriel Katopodis, dispuso asueto en ese partido bonaerense para el 24 de marzo, Día de Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Además anunció el lanzamiento de la campaña #El24nosetoca a nivel nacional, para que jefes comunales y gobernadores avancen en el mismo sentido, tras la decisión del gobierno nacional de transformar en movible el feriado por ese día.

“El feriado del 24 de marzo no es de ningún gobierno de turno; es un día de reflexión y memoria que es parte de la democracia y de la sociedad”, afirmó Katopodis, quien indicó que el próximo viernes, “con la presencia del premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y otros organismos de derechos humanos”, será lanzada una campaña titulada “el 24 no se toca” tendiente a que municipios y provincias hagan lo mismo.

Además, en declaraciones formuladas esta mañana a la radio La Red, Katopodis reveló que “la mayoría de los intendentes del peronismo de la provincia de Buenos Aires han manifestado la decisión de avanzar en este mismo sentido”, es decir en la decisión de disponer que el 24 de marzo haya de asueto en cada uno de los distritos, y que también podrían sumarse gobernadores a la medida.

“Voy a hacer lo mismo con los gobernadores”, aseveró el intendente de San Martín, quien insistió en definir como “muy equivocada” la decisión de la gestión de Cambiemos de transformar en movible el feriado del 24 de marzo en el marco de una reestructuración del esquema de feriados dispuesta el lunes último a través de un decreto de necesidad y urgencia publicado en el Boletín Oficial.

“Es una provocación y un agravio”, aseveró Katopodis, quien también indicó que, junto a otros intendentes bonaerenses del PJ, le pedirá “una audiencia a la gobernadora María Eugenia Vidal para invitarla a que no adhiera al cambio de feriado y declare asueto también para toda la provincia de Buenos Aires”.

En este sentido, el intendente de San Martín sostuvo que “el gobierno nacional debe advertir la gravedad de la decisión” y advirtió que, de lo contrario, “se va a encontrar con cientos de miles de municipios que van a estar declarando asueto ese día”.

La campaña “el 24 no se toca” comenzó a expandirse en las últimas horas a través de las redes sociales, bajo el hashtag con ese nombre.

“El gobierno debería tener un mejor pulso de estas cosas. Me parece que hay claramente mucha arrogancia”, disparó Katopodis.

También declaró ya la inamovilidad de los feriados el intendente de Pehuajó por el FpV, Pablo Javier Zurro, y harían lo propio en las próximas horas los jefes comunales de Malvinas Argentinas (Leonardo Nardini), Hurlingham (Juan Zabaleta), Merlo (Gustavo Menéndez), Almirante Brown (Mariano Cascallares) y Lomas de Zamora (Martín Insaurralde), entre otros.

Malvinas Argentinas: Nardini visita escuelas.

“Realizar cambios en las escuelas de Malvinas Argentinas es nuestro desafío”. Así lo aseguró el intendente Leonardo Nardini en su recorrida habitual por las instituciones educativas de Malvinas Argentinas, donde se están haciendo reformas edilicias. Entre el 2016 y el 2017 el municipio ya ha trabajado en aproximadamente 100 establecimientos.

El intendente Leonardo Nardini recorrió la Escuela N°17 de Tortuguitas y la Escuela Primaria N°18 y Secundaria N°14 de Los Polvorines, en las cuales el municipio se encuentra realizando las reformas necesarias postergadas desde hace tantos años.

El jefe comunal comentó: “Nuestro desafío es que se noten la mejoras y por eso ya hemos trabajado en casi 100 establecimientos diferentes entre el año pasado y el 2017. Antes no se le daba la importancia necesaria a este tipo de obras, indispensables para muchísimos chicos que vienen a estudiar y para que sus papás puedan sentirse tranquilos”.

El trabajo se realiza en conjunto entre la Subsecretaría de Educación del municipio y el Consejo Escolar. “Esto genera más inclusión y crece la demanda porque los chicos sienten ganas de estar en su escuela. Por eso queremos que el cambio sea rotundo y que alumnos y docentes se sientan cómodos cuando comiencen las clases”, afirmó el intendente.

Actualmente, se están realizando reformas en más de 20 escuelas del distrito al mismo tiempo. Entre ellas se destacan: baños a nuevo, trabajos en desagües para evitar que los días de lluvia el agua llegue a las aulas, trabajos de pintura, descacharreo de sillas y mesas que estaban rotas para ser arregladas como corresponde, electricidad, techos, entre otras.

El subsecretario de Educación, Daniel Morard, agregó: “Queremos que los chicos tengan el lugar en condiciones para poder estudiar y se sientan contenidos. Para eso estamos trabajando, para que se hagan obras de calidad y que perduren en el tiempo”.

También estuvieron presentes el subsecretario de Obras Públicas y Planificación Urbana, Alfredo Brussa; el director general de Educación, Marcelo Luna; parte del cuerpo de concejales del Honorable Concejo Deliberante, entre otros.

2016-12-22. Layalina XXII. Luna y Salome. 10.

En Grand Bourg, siempre... Veterinaria "La Mascota".


Vender artesanias no es una contravención

Un juzgado porteño sobreseyó a dos artesanos acusados de utilizar indebidamente el espacio público con fines lucrativos. El magistrado consideró que la que la venta de manualidades en la calle no es una contravención, pero aclaró que no significa que “la instalación de la feria sea lícita”.

En los autos “O., G. y otros s/ infr. art. 83 Usar indebidamente el espacio público c/ fines lucrativos (no autorizadas) – CC”, el Juzgado N° 10 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar a la excepción por atipicidad y, en consecuencia, sobreseyó a dos trabajadores de la vía pública, que desarrollan su actividad laboral en una feria del barrio de San Telmo.

Los dos artesanos fueron imputados por "el uso indebido del espacio público con fines lucrativos". Dicha normativa establece que “quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, es sancionado/a con multa de doscientos a seiscientos pesos. Quien organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido, es sancionado/a con multa de 5.000 a 30.000 pesos”.

A su vez, señala que “no constituye contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido, ni la actividad de los artistas callejeros en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria”.

Según la resolución, los imputados venden artesanías y manualidades, como “bijouterie hecha a mano, inciensos, cuchillos, máscaras de cuero, manualidades con vinilos, vidrio y madera, muñecos de duendes, agendas forradas a mano, cerámica, cartucheras, billeteras y monederos hechos con envases de yerba mate”.

En este contexto, el fiscal indicó que esta situación “implica que la actividad individual que cada uno de esos vendedores, de esos artesanos y manualistas despliega, no queda atrapada por el 83 del Código Contravencional y entonces no cometen ellos en sí mismo una contravención”.

El magistrado consignó “que la existencia de este conflicto tiene una clara tensión en derechos constitucionales con una clara connotación social”. En este sentido, el magistrado destacó que “compete al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo seguir trabajando para la solución del conflicto, siendo este último el facultado para autorizar ese tipo de utilización del espacio público, y por el cual la Cooperativa está bregando para realizar sus tareas”.

No obstante, la resolución resaltó que “feria no está incluida en el listado de ferias legalmente habilitado según la ley 4.121”, y concluyó: “Este conflicto va a seguir subsistiendo hasta tanto los que tiene en su poder la posibilidad de reglamentar esto, como se escuchó en esta audiencia, que en este caso es la Legislatura, encuentre una solución a esto”. (Diario Judicial).

A vivir con papá

La Corte Suprema bonarense le otorgó la guarda compartida de un menor a sus padres y revocó la resolución que le había otorgado el cuidado unilateral a la madre. Los jueces explicaron que, de acuerdo a la declaración del adolescente, deseaba vivir con su papá ya que no tiene buena relación con su progenitora.

En los autos "I., L. J. contra L. P., S. D.. Incidente de tenencia", el padre de un menor interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la sentencia que le otorgó a la madre la tenencia del niño de manera unilateral.

El hombre fundó su reclamo, por un lado, en el supuesto incumplimiento por parte de la demandada del régimen de visitas oportunamente acordado y, por el otro, en las manifestaciones recibidas por parte de su hijo de no querer vivir con su mamá. Asimismo, expresó que no se ha tenido en cuenta la opinión del adolescente, vulnerando sus derechos.

Ante ello, los integrantes del Máximo Tribunal bonaerense, destacaron que de las constancias de la causa surge evidente la falta de diálogo entre los progenitores, así como también la imposibilidad de estos de arribar a acuerdos mínimos en relación con la crianza y el desarrollo de su hijo, mas estos obstáculos no pueden constituirse por sí solos en fundamento de una decisión que privilegie el cuidado unilateral, sobre todo teniendo en cuenta las conclusiones de la pericia que señaló el "alto grado de reticencia del niño", destacando la necesidad de respetar su decisión al momento actual sin "presionarlo a reunirse con la mamá hasta tanto este sea un deseo propio y no algo impuesto, dado que este último modo podría resultar altamente dañino".

Los jueces resaltaron que las pericias psicológicas arrojaron que el niño manifiesta un esforzado rechazo no solo a su madre sino a toda intervención judicial o terapéutica tendiente a revincularlo con ella. y que se encuentra en un proceso identificatorio con su padre, al cual se liga de modo hiperafectivo, y ha organizado su vida de este modo y se niega a modificarlo.

En ese sentido, los magistrados coincidieron en que se debe mantener la convivencia del menor junto a su padre y a ,fin de que el joven tenga contacto directo con ambos padres, de modo regular, arbitrar todos los medios que resulten pertinentes para que, con el apoyo terapéutico necesario, se reestablezca el vínculo con su madre.

Por todo lo expuesto, los ministros resolvieron hacer lugar al recurso extraordinario interpuesto, revocar el fallo impugnado y disponer el cuidado personal compartido con modalidad indistinta del menor por parte de sus progenitores. (Diario Judicial).

La cuota alimentaria se ajusta a la cuota del cole

Para ajustar una cuota alimentaria, la Cámara Civil confirmó que corresponde actualizarla en forma automática, en cada oportunidad y de conformidad con el porcentaje en que aumente el costo de la institución educativa a la que asisten las menores.

La Sala M de la Cámara Civil confirmó una decisión de grado, mediante la cual se estableció que una cuota alimentaria se actualizará en “forma automática, en cada oportunidad y de conformidad con el porcentaje en que aumente la cuota de la institución educativa a la que asisten las menores”.

En los autos “A., A. M. y otros c/ R., M. D. s/Alimentos”, el tribunal recordó que se encuentra vigente la prohibición de actualizar las deudas que contenía la Ley 23.928 de Convertibilidad, que se mantuvo con el dictado de la Ley de de Emergencia Económico-Financiera (25.561), que “si bien derogó el régimen de la convertibilidad cambiaria, sostuvo la no indexación”.

Al respecto, los vocales recordaron que “la prestación alimentaria, aun cuando se la considere deuda de valor, no puede ser reajustada automáticamente en función de la depreciación monetaria, atento la valla que significaba -y significa-, en ese sentido, lo dispuesto por el artículo 7 de la ley 23.928, en cuanto veda la indexación a posteriori del 1 de abril de 1991”.

“(….) Si bien es cierto que la ley 25.561 introdujo importantes modificaciones a la ley de convertibilidad también lo es que mantiene vigente la prohibición de la actualización de los montos de condena. Ello claro está, sin perjuicio de que el alimentario pueda reclamar el aumento de la cuota si ésta ha devenido insuficiente”, continuó el fallo.

En consecuencia, los camaristas consideraron la edad de los menores y la actividad del progenitor y, por ende, confirmaron la decisión de grado, mediante la cual se estableció que “la cuota alimentaria se actualizará en forma automática, en cada oportunidad y de conformidad con el porcentaje en que aumente la cuota de la institución educativa a la que asisten las menores”. (Diario Judicial).

2016-12-22. Layalina XXII. Anto Spolitini. 09.

Para tu bici... Rodados Giménez.


Se reducen las apelaciones en Provincia

El ministro de Justicia bonarense, Gustavo Ferrari, adelantó que enviará a la Legislatura un proyecto de ley para reformar el sistema de apelaciones en la Provincia de Buenos Aires y evitar abusos que permitan excarcelaciones de manera indiscriminada.

El titular de la cartera de Justicia, Gustavo Ferrari, enviará a la Legislatura un proyecto de ley para reformar el sistema de apelaciones en la Provincia de Buenos Aires para que la decisión de enviar a una persona a prisión quede firme con dos resoluciones confirmatorias.

El ministro expresó que "queremos corregir un evidente abuso en las posibilidades de revisión en la resolución de situaciones judiciales", ya que ahora "para que una prisión quede firme puede haber cinco instancias en la Provincia, que incluso con el exceso actual del Régimen de Hábeas Corpus pueden llegar a ser ocho".

"En nuestro proyecto exigiremos sólo dos resoluciones confirmatorias, tal como lo exigen los tratados internacionales, asegurando la doble instancia, pero sin continuar con un sistema que dilata y genera injusticias", declaró Ferrari y agregó que "se trata de un proyecto donde se cambia el sistema de apelaciones en la provincia de Buenos Aires, con el que aspiramos a que, cuando hay una determinación doblemente confirmada, esta persona quede detenida".

La medida impulsada por la gobernadora Vidal elimina respecto de los fiscales y de las víctimas el límite objetivo establecido para recurrir condenas en función del monto de pena impuesta y al mismo tiempo busca reformar el régimen de competencia correspondiente al Hábeas Corpus, ordenando las condiciones de ejercicio de este instituto.

En ese marco, el funcionario resaltó que "el régimen actual del Hábeas Corpus es anárquico, está totalmente desmadrado en la Provincia, y esto tiene una decisiva incidencia en la situación de colapso en que se encuentra el Poder Judicial de la Provincia". "Ocho instancias son un absoluto exceso y esto permite aumentar la discrecionalidad de los jueces, que en muchos casos, a veces por creatividad y en otros por ceñirse estrictamente a una interpretación garantista de la ley, determinan libertades permanentemente".

El proyecto propone la modificación del artículo 164 del Código Procesal Penal para que la prisión preventiva o su cese sólo pueden ser impugnables mediante recurso de apelación. De esa manera, se reduce la competencia del Tribunal de Casación Penal, limitando su intervención a la revisión de las sentencias definitivas, la que se llevará a cabo a través del recurso de casación, pero manteniendo su intervención como garantía para las víctimas cuando la cámara resuelve sobreseer por extinción de la acción y de la pena. (Diario Judicial).

Por la vía de la indemnización

Un maquinista demandó a Belgrano Cargas por daño patrimonial y moral a causa de una enfermedad producida en el ámbito laboral. La Justicia de Salta condenó a la empresa a pagarle al trabajador una indemnización, ya que padece una afección auditiva atribuida al alto nivel de decibeles de la locomotora.

En los autos “S., M. A. contra Belgrano Cargas S.A. - Ordinario”, la Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Salta condenó a la empresa Belgrano Cargas SA a pagarle a un maquinista 91 mil pesos en concepto de indemnización por daño patrimonial y moral a raíz de una enfermedad producida en el ámbito laboral.

La sentencia de primera instancia rechazó la demanda tendiente a obtener el pago de indemnización por daño patrimonial y por daño moral a causa de una enfermedad que el actor invocó como generada por el ambiente laboral.

El hombre se desempeñaba como maquinista en la empresa destinada al transporte ferroviario de cargas. En su presentación, explicó que cuando fue despedido “sufría una pérdida total del sentido del oído derecho y una disminución auditiva del 33,5% en el izquierdo, ambas atribuidas al alto nivel de decibeles de la locomotora que conducía y a la falta de provisión de protectores auditivos”.

Según el informe realizado por los médicos, el hombre padece en el “oído izquierdo una hipoacusia moderada con trauma acústico y en el derecho, cofosis, respecto de la cual se aclara que se trata de una sordera total”.

De este modo, advirtió que “el ambiente ruidoso mayor de 90 decibeles influyen sobre las células sensoriales del órgano de Corti, provocando la lesión de las mimas la que lleva a la pérdida auditiva. Cuando el ambiente ruidoso supera los 80 decibeles (…) es el tiempo de permanencia, años de trabajo (…), con exposición de 8 horas diarias que puede producir una hipoacusia inducida por el ruido”.

En este marco, los jueces analizaron si la pérdida auditiva de ambos oídos del accionante ha tenido origen en las condiciones y medioambiente de trabajo. En este sentido, acreditaron que existió causalidad entre el daño auditivo y la exposición al factor de riesgo ruido proveniente de su prestación laboral en el marco del contrato de trabajo que lo unía al demandado.

En consecuencia, fijaron la suma de 41.615,81 pesos como monto de reparación patrimonial y 50 mil por daño moral como resarcimiento por las aflicciones y padecimientos íntimos. (Diario Judicial).

El coseguro también cubre la fertilización asistida

La Corte de Justicia de Salta en Feria confirmó una sentencia de grado que condenó a un coseguro a brindar cobertura en un tratamiento de fertilización y ovodonación. El tribunal resaltó que se encuentra "comprometida la salud reproductiva".

En los autos “S., M. de los R. y N., R. A. VS. Instituto Provincial de Salud de Salta I.P.S. - Amparo – Recurso de Apelación”, la Corte de Justicia de Salta en Feria rechazó el recurso de apelación de la Asociación de Trabajadores de la Sanidad (ATSA) contra la sentencia en un amparo que condenó a la entidad a otorgar en forma “inmediata” cobertura de coseguro de las prácticas de fertilización y ovodonación a una pareja de afiliados al Instituto Provincial de la Salud de Salta (IPS).

La mujer inició la demanda de amparo para que se obligue judicialmente a la obra social a proveer la cobertura integral del 100 por ciento del costo de los tratamientos de fertilización “in vitro” y de la ovodonación, lo que comprende gastos de medicación propios y de la donante de óvulos, prácticas de crioconservación de resultar necesarias, honorarios e internación.

En la audiencia, las partes llegan a un acuerdo, mediante el cual la obra social asumió la obligación de cubrir el 80 por ciento de los gastos que insuman las prácticas reguladas en la Ley de Fertilización Asistida (26862).

Luego, la parte actora amplió la demanda contra el coseguro para que se le ordene cubrir el 20 por ciento del costo de los tratamientos de fertilización. En este marco, la jueza en grado entendió que “no hay obstáculos para que el coseguro demandado cumpla con la cobertura reconocida por la obra social”.

La Corte de Feria expresó que en el proceso se encuentra “comprometido no sólo el derecho a la salud de la pareja actora en su concepción general, sino concretamente la salud reproductiva, a más de otros derechos como el de acceder a los avances científicos, formar una familia y recibir protección dentro del ámbito de la vida privada y familiar”.

En esta línea, el tribunal confirmó que la codemandada se encuentra obligada, conforme su Reglamento de Funcionamiento, a "otorgar la cobertura complementaria" establecida en el Programa Médico Obligatorio (PMO), mediante el cual quedan “incluidos los procedimientos regulados en esa norma, así como los de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo”. (Diario Judicial).

El lugar del contrato define el lugar del delito

La Justicia de Instrucción y la de Garantías de la Provincia de Buenos Aires no se pusieron de acuerdo sobre quién debía investigar una denuncia por defraudación por retención indebida por el incumplimiento de un contrato de leasing por maquinaria agrícola. La Corte Suprema terció y aplicó los principios de los contratos comerciales: el juez del domicilio del deudor.

Un hombre suscribió con un banco un contrato de leasing financiero. La entidad le daba un vehículo y equipamiento agrícola, y el tomador se comprometía a pagar un canon mensual -con la opción de compra- durante un tiempo determinado. Pero el adquirente no pagó y el banco le inició una denuncia penal.

Pero allí nació el primer problema. El banco, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, realizó la denuncia por el delito de defraudación por retención indebida en la Justicia de Instrucción, y el juez que salió sorteado declinó su competencia.

Consideró que debía entender en el asunto la Justicia de Morón, ya que los contratos “se habían perfeccionado en Hurlingham, y que en ellos, al igual que en las intimaciones cursadas, no se había consignado un domicilio de esta ciudad para la restitución”. También señaló que en esa jurisdicción se habían iniciado las actuaciones relacionadas con el secuestro de los bienes

El juez de Morón rechazó por “prematura” la atribución de competencia, sostuvo que de los acuerdos de leasing y de las cartas documento remitidas “no surgía el lugar de devolución”. Así quedó trabada la contienda negativa de competencia de autos “V.A. s/ defraudación por retención indebida”, donde la Corte Suprema tuvo que terciar para decidir que la asignación originaria al juez de Garantías de Morón era procedente.

El Alto Tribunal, integrado por su presidente Ricardo Lorenzetti, y los ministros elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, acompañó los fundamentos del procurador fiscal Eduardo Casal, quien destacó que los jueces que intervinieron coincidían “en la calificación legal del hecho”, por lo que había que aplicar la doctrina del Tribunal en la materia.

En ese punto, el criterio de la Corte es que el delito de retención indebida “se consuma en el lugar donde debió efectuarse la entrega o devolución incumplida y que, en caso de no existir un acuerdo de voluntades sobre ese aspecto, la obligación debe ser satisfecha en el domicilio del deudor”.

Del contrato entre las partes se podía leer que "el Tomador deberá restituir el bien en la fecha de vencimiento del plazo contractual, o en la fecha de rescisión anticipada en su caso, en el lugar que el Banco determine, dentro del radio de 60 km. a la redonda”, y que dicho lugar “le será comunicado al Tomador por medio fehaciente".

Como no surgía de las actuaciones la individualización concreta del sitio, y que el deudor constituyó domicilio contractual en Hurlingham “y que tanto allí como a otro de Ituzaingó la entidad bancaria cursó cartas documento para intimar la devolución de los bienes, y aquél se notificó”, la denuncia penal debía tramitar ante la Justicia de Morón. (Diario Judicial).

2017-01-25. Homenaje a Cabezas en Malvinas Argentinas.

jueves, enero 26, 2017

2016-12-22. Layalina XXII. Nahir Mamud. 08.

Reiki en Grand Bourg


AÑO NUEVO, AGENDA NUEVA. Por Carlos Fara.

El quid de gobernar en la actualidad tiene que ver, entre otras cosas, con: 1) administrar correctamente las expectativas, y 2) siempre tener una agenda renovada que sintonice con la mayoría social (ser siempre “el cambio”).
El gobierno de Mauricio Macri estuvo muy atado durante todo 2016 a la agenda socioeconómica, por obvias razones, con altos y bajos. Altos como levantar el cepo, lograr el acuerdo con los holdouts, impulsar el blanqueo y reducir las retenciones al campo. En baja como la inflación, la recesión y el ajuste en las tarifas de servicios.
Eso hizo que la nueva administración cambiara su enfoque estratégico por el camino, como fuimos advirtiendo en esta columna durante el año pasado.
Pasó de creer en la bendición en las inversiones a apostar a la clásica reactivación vía consumo interno. Pasó de obsesionarse po;r bajar el déficit fiscal a comprender que lo importante es ganar la elección legislativa de 2017.
En las últimas semanas el gobierno promovió -entre otros- los siguientes temas:
·         -la baja en la edad de imputabilidad,
·         -el control de los antecedentes a la inmigración,
·         -la baja en el costo laboral vía ART,
·         -la modificación en el régimen de feriados,
·         -la negativa a financiar el fútbol,
·         -más medidas de apoyo al campo.
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Las posiciones tomadas en estos issues en general tienden a sintonizar con el público que votó a Cambiemos en 2015: preocupación por la seguridad, por los costos de las empresas, por el campo, por medidas “populistas” como fútbol y feriados.
De esta manera el gobierno está tratando de “des-economizar” la agenda, teniendo en cuenta que la reactivación va a seguir retrasada a los ojos de los votantes.  Además lo muestra activo, ofensivo, apuntando a que se le mantenga el crédito mientras la recesión se va.
Cambiemos no necesita que todo ande fenómeno para ganar la elección de este año. Sí necesita 1) mantener las expectativas de que siguen siendo el cambio, aunque no lo materialicen en la medida de lo esperado, 2) alentar el miedo de que el único gobierno que perdió la primera legislativa se tuvo que ir (la Alianza), y 3) mostrar que si pierde puede volver el infierno tan temido (CFK).
A favor corre que la segunda parte de este año será lo mejor de 2017 en materia económica, justo cuando los argentinos irán a la urnas. Quienes lo conocen hace muchos años dicen que Macri es un hombre de suerte, factor que como decía Maquiavelo debe estar asociado a la figura del Príncipe.
En contra juega el paso del tiempo: cierta sensación para no pocos ciudadanos de que no pasa nada, que gobierna para ricos, que los pronósticos no se cumplen, que no era el cambio esperado, etc.
La gente vota por expectativas y haciendo balance, no por solo por realidades y por la presencia de factores negativos.
 

En Argentina se detectan entre 300 y 400 casos nuevos de lepra por año

El último domingo de enero de cada año se conmemora el Día Mundial de la Lucha contra la Lepra, enfermedad milenaria que aún es padecida en países como los del centro de África, China, India y Brasil. En Argentina es una enfermedad endémica, donde desde hace 10 años se detectan entre 300 y 400 casos nuevos de lepra por año. Es más frecuente en adultos que en niños, ya que estos representan menos del 2% de los casos nuevos descubiertos anualmente.

Esta enfermedad infecciosa afecta algunas zonas rurales y urbanas de nuestro país, siendo las áreas más comprometidas las de clima templado y tropical: el noroeste, el noreste y centro argentino, abarcando las provincias del Chaco, Formosa, Corrientes, Misiones, Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba, Santiago del Estero, Tucumán, Salta, Jujuy, Buenos Aires y Capital Federal, aunque también se puede ver en otras zonas debido a migraciones internas y del exterior. Existían hasta 2015, 426 pacientes bajo tratamiento, de los cuales 269 fueron diagnosticados en ese año.

¿Qué es la lepra?
Se trata de una enfermedad infecciosa crónica producida por el Mycobacterium leprae (bacilo de Hansen), cuyo período de incubación es muy prolongado (hasta 10 años), dependiendo de la inmunidad del paciente. Afecta preferentemente la piel y los nervios periféricos e igualmente puede afectar mucosas y órganos internos.

Contagio y síntomas
El contagio es dificultoso y se produce entre un enfermo no tratado y una persona sana susceptible. Se realiza por contacto directo y prolongado (domiciliario o laboral) y a través de secreciones de las vías respiratorias, requiriéndose en promedio 5 años antes de que aparezcan los síntomas.
Las manifestaciones de la enfermedad pueden ser muy variadas y múltiples, como por ejemplo manchas blanquecinas o rojizas, pérdida de la sensibilidad en las lesiones, manos, brazos, pies y piernas, pérdida del vello y de la transpiración, hormigueos, debilidad muscular, engrosamiento de la piel y nódulos en la superficie corporal, infecciones y lesiones que ocasionan discapacidades y deformidades.
Hay una forma de lepra que es la tuberculoide, en la que predominan las lesiones que son como manchas donde no hay sensibilidad; y, una forma más severa, la lepralepromatosa, en la que predominan los nódulos y las deformidades.

La enfermedad es curable
El tratamiento es ambulatorio y consiste en la combinación de distintas drogas antibióticas y antiinflamatorias por vía oral y por periodos de entre 6 y 12 meses según el tipo de lepra que se presente. La enfermedad es curable si se cumple con el tratamiento en forma completa.
La clave es la consulta temprana ante un signo clínico para el diagnóstico precoz, el tratamiento adecuado del paciente y el control de su familia. La prevención consiste en diagnosticarla y tratarla precozmente y controlar a las personas que vivan en la misma casa. El paciente tratado puede desarrollar su vida en forma normal.
Asimismo, existen campañas contra la lepra para su prevención, diagnóstico y tratamiento, llevadas a cabo por la Sociedad Argentina de Dermatología y Sociedad Argentina de Leprología.
Juan Sebastián Rusiñol
M.N. 74521
Médico dermatólogo
Servicio de Dermatología del Hospital Alemán.

Mario Ishii: “Hoy el país se está endeudando y eso también será herencia”.


El intendente de José C. Paz, Mario Ishii, insistió en que es necesario que al Presidente y la Gobernadora les vaya bien porque de ello depende el bienestar general pero les marcó la cancha en ciertos puntos: Se mostró preocupado por la toma de deuda, por el desempleo y los aumentos.

El intendente de José C. Paz, Mario Ishii, hizo un análisis de la actualidad política y social de la provincia y el país. Sobre su relación con Macri y Vidal, señaló “necesitamos que puedan gobernar, que se sostenga la Constitución y la democracia en nuestro país como para poder avanzar. A la gente le va a ir muy mal si a ellos les va mal”.

Aunque aclaró: “también depende de ellos, porque si están todo el años subejecutando partidas presupuestarias, y no hacen obras teniendo la plata para hacerlo. Para mí es por falta de experiencia o aptitud, porque no lo han hecho rápido”.

“Todos tenemos herencias. Hay buenas o malas. Hoy el país se está endeudando y generando bonos, y eso también será herencia”, consideró.

Por otro lado, dijo: “La gente se está quedando sin laburo y es lamentable. Estamos en un problema. Y siguen los aumentos, como el último del combustible. Yo creo que si el gobierno provincial y nacional no se ponen a trabajar al respecto, es un problema para nuestra sociedad”.

Nardini: “El gobierno en vez de achicar la grieta la agranda”

Luego de conocerse el audio entre Cristina y Parrilli, el jefe comunal de Malvinas Argentinas opinó sobre la intervención de las fuerzas de inteligencia en la política y sentenció que "hay una clara intención de desprestigiar a la ex Presidenta para favorecer a un sector político".

En el marco de la inauguración de una nueva posta policial en el municipio de Malvinas Argentinas, su intendente, Leonardo Nardini, respondió a InfoBAN sobre los audios que se viralizaron donde la ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, charlaba de forma privada con quien fuera su secretario de Legal y Técnica, Oscar Parrilli.

En ese sentido afirmó que “veo mal que se use la inteligencia para perseguir a la oposición política. Una muestra de lo mal que está la sociedad a nivel político es que se demostró que se está grabando las conversaciones personales de una ex mandataria. Sería igual de malo que se haga con el actual Presidente”.

Sobre las repercusiones que tuvieron en la sociedad estos audios, reflexionó: “En vez de avanzar se está retrocediendo, esa grieta que se intentaba achicar con estas acciones solo se agrandan. Desde Malvinas tratamos de colaborar más allá de nuestras diferencias pero vemos que del otro lado empiezan las agresiones y eso nos separa como sociedad”.

“Somos todos argentinos y tenemos que tratar de sacar el país adelante. Como uno de los intendentes más jóvenes del conurbano trato de brindarle a la política no solo transparencia, sino también colaboración” agregó Nardini.

Por último manifestó que “algunos medios han dicho barbaridades de la ex Presidenta, hay una clara intención de desprestigiarla para favorecer a un sector político. Tenemos que elevar el nivel de discusión, debatamos sobre el impuesto a las ganancias, los tarifazos, sobre lo que cuesta llegar a fin de mes. Estas son las situaciones que la ciudadanía pide que se resuelvan en lo inmediato”. (InfoBAN).

lunes, enero 23, 2017

2016-12-22. Layalina XXII. Bastet. 07.

Reflexología a tu alcance...


La salud supera el PMO

La Cámara Federal de Paraná confirmó una sentencia que ordenó a una prepaga otorgar la inmediata cobertura de una técnica especial de radioterapia. Los vocales explicaron que una solución contraria "traería aparejado un franco desmedro de su salud, máxime al tratarse de una afección que presume riesgo de vida".

En los autos “C., L. C. contra Swiss Medical sobre Amparo Ley 16986”, la Cámara Federal de Paraná confirmó una sentencia que hizo lugar a la pretensión de amparo y ordenó a una prepaga que brinde a la actora, la inmediata cobertura del tratamiento oncológico.

La mujer inició una acción de amparo solicitando la "cobertura integral del tratamiento radiactivo con una técnica que se focaliza en la parte afectada exclusivamente, excluyendo riesgos colaterales o afectación de otros órganos".

La demandada se agravió de la sentencia por cuanto mandó a brindar cobertura del 100 por ciento de una práctica que no se encuentra prevista en la legislación vigente y de la que no ha sido demostrada objetivamente su eficacia.

En este contexto, el tribunal explicó que el Programa Médico Obligatorio (PMO) constituye “sólo una parte del complejo de normas que se refieren al derecho a la salud, no acabándose en él las obligaciones de los operadores sanitarios, las cuales se extienden a las sentadas en los Tratados Internacionales y en la Constitución Nacional”.

En efecto, los vocales determinaron que “la demandada no debe excusarse en la no obligatoriedad a la que alude puesto que las prestaciones establecidas en el PMO constituyen un piso básico insoslayable, el que se encuentra sujeto a actualización periódica atento el carácter dinámico que tiene la evolución de la ciencia médica”.

“Las reacciones adversas que sufrió la actora como consecuencia de la quimioterapia, no discutidas en autos, hacen necesaria la aplicación de una técnica de radioterapia en particular conforme lo indicado, por lo que en tal contexto, arribar a una solución contraria a la pretensión de la amparista traería aparejado un franco desmedro de su salud, máxime al tratarse de una afección que presume riesgo de vida”, concluyó el fallo. (Diario Judicial).

En Mercedes: Hallazgo de alacranes, viejos conocidos

Detectaron la aparición de tres alimañas en sus viviendas • Todos los casos fueron en zona de ferrocarriles y el molino, donde tradicionalmente han aparecido • Dos vecinos vienen denunciando desde hace años apariciones.

Durante la semana, con la repercusión en los medios nacionales por dos casos de niños que fueron picados por alacranes -uno de los cuales lamentablemente falleció en Córdoba- se generó una fuerte psicosis por estas alimañas.

Desde la Secretaria de Salud de la municipalidad emitieron un comunicado alertando sobre qué acciones tomar en caso del hallazgo, cómo reconocer a la especie venenosa y qué medidas tomar en caso de ser picado.

El secretario de Salud, Pablo Cassiani remarcó: “no es que estamos frente un aumento de la cantidad de alacranes en nuestra ciudad. Varios vecinos se han acercado a la Secretaría dado que ha tomado notoriedad periodística dos casos graves: un chiquito de cinco años que estuvo muy grave en Capital Federal y una niña de siete años hace quince días en Córdoba y que lamentablemente falleció. Producto de ello, y su trascendencia en medios nacionales, la gente se acercó”.

Y sostuvo: “No tenemos ningún indicio de que haya un aumento de los alacranes en la ciudad, sino que la gente al estar en tema se acerca con los alacranes que han encontrado. Los alacranes en Mercedes son autóctonos, siempre los tuvimos. De hecho, una de las vecinas que nos trajo un alacrán nos comentó que hace doce años viene denunciando esto. Nos pareció oportuno, frente a estos casos, hacer un comunicado a la población, alertar, que sepan que hay alacranes en Mercedes, cuáles son las características de los que son peligrosos y diferenciarlos de los que no, y que hacer en caso de ser picado”

Denuncias
Según indicó, son tres los vecinos que han denunciado la aparición de la alimaña, y en todos los casos viven en terrenos aledaños al ferrocarril y al molino Cores. Los denunciantes viven en un radio de cinco cuadras. “No es que todos los vecinos en la zona vayan a ser afectados, pero las apariciones tienen relación con el transporte de cereales y de madera, y movimientos de camiones y ferrocarril. Y otra cuestión a destacar es que dos de los vecinos que denunciaron, ya lo habían hecho años anteriores”, remarcó.

Cassiani enfatizó que “no es que tenemos una invasión de alacranes en Mercedes. Se ha creado cierto temor en la gente porque el hecho tomó trascendencia pública a raíz de dos casos en el país, pero alacranes en nuestra ciudad siempre los hubo” y agregó: “Hay que transmitirle tranquilidad a la gente, y toda persona que encuentre a este animalito en su casa que evite todo contacto y que llame al 147 o a la dirección de Medio Ambiente para proceder a una inspección y fumigación”

Medidas
Entre las medidas que se difundieron para el caso de hallazgos en domicilios particulares, se remarca que no todos los alacranes son venenosos, que sí lo son aquellos que tienen una coloración ocre, marrón claro, o amarillenta.

No se debe tomar contacto con estos animales ponzoñosos. En caso de picadura evitar torniquetes, no realizar succión del sitio de picadura; aplicar hielo y concurrir al hospital de forma inmediata. Si es posible capturar la alimaña sin correr riesgos, colocarlo en un frasco y llevarlo junto al paciente.

Estos insectos son de hábitos nocturnos y están activos durante todo el año, aunque con menor intensidad en las épocas más frías. Durante el día se ocultan debajo de piedras, troncos, o en cuevas que ellos mismos excavan.

“Todos los alacranes pican y tienen veneno. Al igual que las arañas. El tema es qué produce ese veneno. En caso de ser picado, la primera medida es ir al hospital y si es posible llevar -si no es posible agarrarlo porque es peligroso- al menos una fotografía. Si se lleva esto el profesional que evalúa al paciente puede ver si se trata de una especie que es inofensiva o alguna que tenga un veneno peligroso y comprometer la salud y la vida del paciente”, manifestó el secretario.

Por otro lado, indicó que para los alacranes no se hace una fumigación general como la que sí se efectúa para el caso del dengue, ya que aparece en zonas puntuales.

“Lo que hacemos es recibir la denuncia, hacemos un recorrido y se hace una inspección y búsqueda en el lugar para determinar si se trata de un hecho fortuito o si realmente hay una proliferación de alacranes y para el caso se hace una fumigación domiciliaria”, concluyó. (El Nuevo Cronista).